Se trata de una interrupción temporal de estudios, por un período determinado, la cual debe ser solicitada por el o la estudiante de manera expresa, argumentando causas justificadas (situaciones de salud, socioeconómicas, familiares u otras de carácter similar) de acuerdo al artículo 37º del Reglamento del Alumno de Pregrado.
El alumno o alumna debe estar matriculado en el Convenio UPA-UTEM y haber procedido a la inscripción de asignaturas. Por lo tanto, una vez aceptada la congelación, se deja sin efecto la inscripción de asignaturas realizada.
Existen dos tipos:
a). Congelación automática:
Para el caso en el que, el Convenio UPA-UTEM por razones de disponibilidad material o de imposibilidad de contratación de un docente y tras haber agotado las acciones razonablemente exigibles al efecto, no pueda dictar una asignatura o actividad académica determinada, se entenderá que el alumno o alumna, al que sólo restaba cursar dicha asignatura o actividad, ha congelado sus estudios de manera automática.
En todos los casos, esta situación sólo podrá extenderse por el máximo de dos semestres académicos. Transcurrido dicho período, y en la medida que siga en curso el Convenio UPA-UTEM, estará obligado a ofrecer al estudiante afectado por esta situación, una alternativa de cumplimiento del requisito pendiente, a partir del semestre inmediatamente siguiente a aquel en que se produjo el impedimento. Esto último no aplicará cuando existieren motivos de caso fortuito o fuerza mayor, como por ejemplo, la contingencia sanitaria.
En caso de ocurrir esta situación, el alumno o alumna debe enviar correo electrónico al Coordinador de Área correspondiente para asegurar su situación académica.
b). Congelación solicitada por la o el estudiante: Puede realizarse por un plazo máximo de hasta dos semestres continuos.
Para solicitarla debe cumplir los siguientes requisitos:
1. Presentar certificado de aranceles al día.
2. Haber realizado inscripción de asignaturas.
3. Presentar fotocopia de la cédula de identidad.
4. Completar Formulario de Congelación.
*A considerar: Luego de aceptada la congelación, se informará mediante correo electrónico y se entregará informe para contactarse con la oficina de aranceles y suspender el pago de mensualidades a partir de la fecha de aceptación de la solicitud. El cálculo que efectuará aranceles, es el proporcional a lo que ha cursado el alumno o alumna en relación al semestre y a la fecha en que se congelan los estudios formalmente.